Este artículo elabora una teoría disuasoria del castigo sobre premisas lockeanas. Siguiendo a autores como Warren Quinn y Daniel Farrell, se sostiene que la
justificación del derecho a castigar debe ser construida sobre el reconocimiento de la importancia de un derecho a formular amenazas de retaliación. Contrariamente a esos autores, la articulación de ese reconocimiento se realiza dentro de una teoría lockeana de los derechos individuales. Esto nos permite apreciar de una manera más adecuada el rol específico de la disuasión en una concepción plausible del castigo, y así responder a ciertas objeciones que se han formulado recientemente, especialmente por David Boonin.